viernes, 24 de julio de 2015

Ley Mordaza: Censura y criminalización de la protesta


   El pasado 26 de marzo fue un día negro para la población residente en España, particularmente para quienes velan por un mundo mejor. En el Congreso, el bloque del PP apoyado por el PSOE - 181 votos a favor (PP, UPN y PSOE), 140 en contra y 1 abstención-  aprobaban tres reformas de ley muy cuestionadas por la oposición parlamentaria, organismos de Derechos Humanos y diversos movimientos sociales. Se trataban de la reforma del Código Penal, la nueva Ley Antiterrorista y la Ley de Seguridad Ciudadana.

   Según el oficialismo, las mismas garantizarían la protección de la libertad de los habitantes, sin embargo y con una realidad muy alejada de aquella postura, su aplicación sólo procede a la profundización de la censura a la crítica, la criminalización de la protesta y comunicación, una intensificación de la represión policial y el ataque estratégico a la subversión.






Ley Mordaza


   El primero de julio entraron en vigor las reformas. Entre ellas, la “Ley Orgánica de protección de la Seguridad Ciudadana”, informalmente conocida como Ley Mordaza, que reemplazó a la vigente entre 1992 y 2015. Por su parte, el anteproyecto se había presentado el 29 de noviembre de 2013 y el ingreso al Senado se ocasionó el 14 de diciembre de 2014.

   Sin descaro, esta nueva ley busca ejerce un mayor control sobre la población, limitando al máximo el uso de la libertad personal (se penaliza hasta cierta actividad en redes sociales, como la convocatoria a manifestaciones o la difusión de imágenes de policías) y criminalizando severamente las manifestaciones públicas, máxima evidencia de la disconformidad de la sociedad con el gobierno.

   Entre las acciones que ameritaran multas o penas carcelarias se encuentran el hecho de ofender a España o las comunidades autónomas, cuya multa irá de 30.000 euros hasta 100.000; tratar de impedir la ejecución de un desahucio, una práctica muy popular y solidaria efectuada entre los activistas en momentos de crisis económicas; y escalar edificios o monumentos sin autorización previa cuando esto represente un riesgo para los terceros o los bienes, una costumbre de los activistas de Greenpeace motivo por el cual fue la primera organización en oponerse a esta ley.

   Con la Ley Mordaza las tradicionales ‘faltas’ -infracciones leves que antes instruía un juez-, se convierten mayoritariamente en infracciones administrativas, que suponen multas determinadas por las Fuerzas de Seguridad, quienes también pasan a tener la potestad de decidir en primera instancia si el culpable ha cometido una infracción administrativa o no. En caso de que la persona multada desee recurrir, sólo podrá hacerlo después de recibir la infracción, ya que discutir con un policía implicaría ser detenido por desobediencia civil. Este conjunto de cuestiones dan a entender el creciente empoderamiento de las fuerzas del Orden impulsado por el Estado español, algo que ya no sólo sucede en dictaduras sino también en las actuales democracias, generalmente, durante las crisis.



La nueva Ley de Seguridad Ciudadana o "Ley Mordaza" literalmente es un candado a la voz de los disidentes.

 
   A continuación se presentan las categorías de infracciones con las correspondientes acciones que incluyen:

 Infracciones muy graves (multas de 30.001 a 600.000 euros)

-La celebración de espectáculos públicos que no han sido autorizados. La ley trata de "reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas" que, en el caso de desarrollarse en una "infraestructura o instalación que presta servicios básicos para la comunidad o inmediaciones", se considerará una infracción muy grave para sus organizadores o promotores (inclusive en las redes sociales) si éstas han "generado un riesgo para la vida o la integridad física de las personas".
-La perturbación grave de la seguridad ciudadana en manifestaciones frente al Congreso, el Senado o los parlamentos autonómicos también es una falta grave, incluso si las asambleas no están reunidas en ese momento.
-La proyección de haces de luz sobre conductores de medios de transporte.
-La fabricación y el comercio de armas de fuego incumpliendo la normativa legal.

 
Infracciones graves (multas de 601 a 30.000 euros):

-Causar desórdenes en espacios públicos cuando se altera la seguridad ciudadana. Con respecto al ciberactivismo, el nuevo Código Penal estipula lo siguiente: "La distribución o difusión pública, a través de cualquier medio, de mensajes o consignas que inciten a la comisión de alguno de los delitos de alteración del orden público del artículo 557 bis del Código Penal, o que sirvan para reforzar la decisión de llevarlos a cabo, será castigado con una pena de multa de tres a doce meses o prisión de tres meses a un año".
-Obstrucción a la autoridad.
-Desobediencia civil o negativa a la resolución de reuniones en lugares de tránsito –concentraciones
de protesta-.
-Portación de armas de fuego prohibidas.
-Solicitación de servicios sexuales en las proximidades de lugares destinados a su uso por menores de edad.
-El consumo o tenencia de drogas consideradas ilícitas.
-Falta de colaboración con las Fuerzas del Orden y Cuerpos de Seguridad en la investigación de delitos o prevención de acciones indebidas.
-La publicación de imágenes de policías u otras autoridades sin permiso de éstas. Los policías podrán incautar las cámaras si alguien no cumple con esta norma.

 
Infracciones leves (multas de 100 a 600 euros):

-La incitación a la realización de actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual.
-Proyección de haces de luz sobre los agentes de la autoridad.
-Ocupación de cualquier inmueble en contra de la voluntad de su propietario.
-La negación a identificarse.
-Escalar edificios o monumentos sin autorización cuando existan riesgos para las personas o bienes.
-Abandono de animales domésticos en la vía pública.
-Retiro de vallas u otros elementos colocados por las Fuerzas del Orden y Cuerpos de Seguridad.
-El consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos cuando este perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana.
 


Críticas y rechazo parlamentario

 
   Las críticas a la Ley Mordaza no sólo incluyen a los miles y miles de manifestantes, activistas o militantes de partidos de izquierda, también famosos artistas y deportistas se han unido a las marchas contra esta ley censuradora. Inclusive, en las últimas horas el Comité de Derechos Humanos de la ONU hizo pública su preocupación por los posibles efectos negativos que pueda tener sobre la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica. Además, el comité le recomendó al gobierno español revisar la Ley de Seguridad Ciudadana y las reformas del Código Penal para luego presentar un informe periódico respecto al cumplimiento del Pacto de los Derechos Civiles y Políticos con un plazo máximo hasta el 24 de julio de 2020.
   En el Pleno del Parlamento de ayer, jueves 23 de julio, se expresó el rechazo a la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana y luego se instó a la Junta a demandar al gobierno central para que la "Ley Mordaza" sea derogada. La proposición de no ley fue iniciada por el PSOE-A y apoyada por Podemos, C's e IULV-CA mientras que, de manera esperada, votó negativamente PP-A.
   El derecho de reunión o libre asociación, el derecho de manifestación y protesta social, la libertad de expresión, información y comunicación son fundamentales para que una persona conviva con algo de dignidad en este sistema, ya que la libertad en su plenitud es imposible de gozarla en esta sociedad. La Ley Mordaza, conjuntamente con el nuevo Código Penal, busca limitarla aún más.
   El gobierno de Mariano Rajoy, temeroso de las crecientes manifestaciones y falta de apoyo social, se encuentra muy nervioso. Su gobierno entreguista trata de defender sus privilegios empleando políticas de ajuste y represión comparable con el Franquismo.


NO a la Ley Mordaza